CERTIFICADO DE EXISTENCIA

Todas aquellas personas que deseen cobrar su jubilación o pensión durante su estadía fuera de la República, deberán presentarse en persona ante el Consulado a los efectos de prestar fe de su existencia, con su Cédula de Identidad y el Número de Cobro de la Caja Correspondiente.

Es importante tener presente que cada Caja de Jubilaciones exige el Certificado de Existencia en plazos diferentes (el BPS lo exige cada 6 meses, la Caja Militar cada 3 meses y la Caja Policial exige la presentación del Certificado de Existencia ORIGINAL todos los meses).

Este Consulado envía una planilla a Uruguay con todos los Certificados de Existencia que se hayan recibido. En caso de que el interesado lo quiera enviar por su cuenta, deberá ser el Certificado de Existencia Original otorgado por este Consulado.
Este trámite no tiene costo.

Descargue su formulario aquí.
Cualquier duda respecto al formulario adjunto, favor comunicarse al 305 443 7453 ext.7.

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